Abogados de inmigración en Coral Gables
Residencia, ciudadanía y peticiones familiares. Lo que más tarda es la espera, y le decimos cuánto antes de que firme nada.
- I-130
- I-485
- N-400
La residencia permanente
La green card autoriza a vivir en Estados Unidos por tiempo indefinido. Se pide por dos vías, y cuál le toca depende de dónde está usted hoy.
Antes de armar nada verificamos que califique. Presentar una petición que no corresponde cuesta dinero, cuesta meses, y a veces deja un antecedente que complica la siguiente.
- DS-260Desde fuera del país: proceso consularSe tramita en la embajada o el consulado, con entrevista. La solicitud de visa de inmigrante es la Forma DS-260. Preparamos esa entrevista con usted.
- I-485Desde dentro del país: ajuste de estatusSi ya está acá con visa de trabajo u otra autorización, se pasa a residente sin salir. La solicitud es la Forma I-485.
Califican, entre otros, quienes la piden por empleo, los familiares de ciudadanos, los trabajadores religiosos, los nacionales que trabajaron con el gobierno de Estados Unidos en Irak o Afganistán, los refugiados y los asilados.
El gobierno suele pedir evidencia adicional o citar a una entrevista antes de resolver. Eso no significa que su caso vaya mal: significa que hay que contestar bien y a tiempo.
Hacerse ciudadano
La naturalización es el final del camino para la mayoría de nuestros clientes. La solicitud es la Forma N-400. Son varios años y siete requisitos que se cumplen todos, no la mayoría.
- 1Cinco años con green cardTres si está casado con un ciudadano estadounidense.
- 2Presencia físicaHaber estado en el país al menos la mitad de ese período.
- 3Tres meses en el distritoResidir en la jurisdicción de USCIS donde presenta, como mínimo tres meses antes.
- 4Buen carácter moralSin delitos ni conductas que lo descalifiquen.
- 5InglésLeer, escribir y hablar. Hay excepciones por edad y por discapacidad.
- 6El examenHistoria y civismo de Estados Unidos. Se toma en inglés.
- 7El juramentoLa ceremonia de lealtad cierra el trámite.
Traer a la familia
Un ciudadano o un residente permanente puede pedir a determinados familiares. El trámite arranca con el formulario I-130 ante USCIS; aprobado eso, la persona sigue con la visa de inmigrante o con el ajuste de estatus.
La diferencia que más importa es entre familiar inmediato y categoría de preferencia. El familiar inmediato de un ciudadano mayor de 21 años no espera número de visa. En las categorías de preferencia sí se espera, y el plazo cambia según el parentesco y según el país donde nació la persona.
Le decimos cuánto va a esperar antes de que firme nada. Un plazo real y largo es mejor noticia que un plazo corto que no se va a cumplir.
Un antecedente penal serio, o un delito cometido ya estando acá, puede terminar en negación e incluso en proceso de deportación. Si ya está en el trámite y aparece un problema, no espere a la entrevista para consultarlo.
Preguntas sobre residencia y ciudadanía
Toque una pregunta para ver la respuesta.
¿Puedo salir del país mientras espero?
Depende de qué trámite tenga en curso y en qué etapa esté. Hay momentos en que salir sin el permiso correcto se toma como abandono de la solicitud.
No es una pregunta general: se responde mirando su expediente antes de que compre el pasaje.
¿Un error en un formulario anterior arruina el caso?
No necesariamente, pero hay que decirlo de entrada. Lo que hace daño no es el error: es que aparezca después, cuando ya declaró otra cosa.
Las inconsistencias entre lo que presentó antes y lo que presenta ahora se usan en su contra. Es mejor que lo sepamos en la primera llamada.
¿Me conviene esperar a ser ciudadano para pedir a mi familia?
A veces sí y a veces no: el parentesco y el país de nacimiento cambian la espera, y en algunos casos la diferencia es de años.
Es exactamente el cálculo que hacemos en la consulta, con su caso y no con un promedio.
Traiga los papeles que ya tenga. Lo primero que miramos es en cuál de los tres caminos está, porque el tiempo de espera cambia con cada uno.
La consulta cuesta $70, la atiende el abogado dentro de 24 a 48 horas, y si contrata al estudio se descuenta del contrato.

